Normativa Patinete Eléctrico

Hoy en día existe una legislación y también una normativa sobre patinete eléctrico dentro de España. Esta normativa está siendo revisada muy minuciosamente y al mismo tiempo se actualiza de manera constante. Todo esto producido por el boom que este tipo de transporte eléctrico ha tenido.

La regla más conocida es la que hace referencia a que se tendrá que circular por el carril-bici. Asímismo, la velocidad del desplazamiento debe ser moderada, para de esta forma no se llegue a perjudicar a ninguno de los otros patinadores o ciclistas que circulen por la vía.

Es de sentido común utilizar protección, mínimo casco. Lo primero es preservar tu seguridad, por lo que es recomendable ir protegidos por si llegas a caerte no sufras ninguna lesión.

Hay que destacar que cada comunidad autónoma puede especificar su normativa, siendo diferente en cada lugar del país. Claros ejemplos son Madrid, Valencia, Barcelona…

El decreto DGT 

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Ya podemos encontrar la resolución nombrada en BOE por la DGT (Dirección General de Tráfico). Aquí se explica la nueva normativa existente sobre patinete eléctrico, así como las características que tendrán todos los VMP.

Por lo tanto, los patinetes tendrán una normativa estipulada la cual se deberá cumplir. Entre lo más reseñable están las siguientes pautas: 

Tendrá un máximo de velocidad de 25 km/h, si no llegas a cumplir esta normativa tendrás una penalización de  500€ así como también el vehículo quedara inmovilizado.

Documentación

Tendrás que presentar lo que se conoce como ficha técnica de tu patinete. Aquí deberá estar reflejada la conformidad CE, donde el patinete tendrá que cumplir con las normas establecidas por el fabricante.

Para aquellos patinetes que empiecen a ser comercializados a principios del año 2024 tendrán que tener de manera obligatoria un certificado para poder circular.

Accesorios de Protección

Otra obligación según la normativa del patinete eléctrico es utilizar el casco al conducir. Esta norma entró en vigor mediante la actualización de la reforma realizada en septiembre del 2021.

patinetes electricos normativa

¿Por dónde podremos circular?

Deberás circular por el carril-bici, carril destinado a vehículos de movilidad personal (VMP) o por la calzada en todo caso. No podrás de ninguna manera circular por las aceras o zonas peatonales cuando andes en tu patinete eléctrico.

Otro lugar por donde no podrás andar con tu patinete eléctrico es por las vías que son urbanas. También se descartan las autopistas, túneles, autovías que sirven para comunicar poblaciones y por supuesto las travesías.

Totalmente prohibido…

  • Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas.
  • El uso de más de una persona simultáneamente, son vehículos uni-plaza.
  • Uso de auriculares o cascos.
  • Uso del móvil.
  • No usar ropa reflectante si conduces de noche.
  • Trucar el patinete.

¿Será obligatorio contratar un seguro para nuestro patinete eléctrico?

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Existen ciudades de España donde se exige de manera obligatoria que dispongas de seguro. Entre este listado encontramos el caso de Barcelona, Benidorm y Alicante.

Es bueno resaltar que este seguro para patinete eléctrico no es de manera obligatoria en otras partes de España.

Sin embargo, la DGT ha dejado señalado que sería bueno que las personas contrataran un seguro para así tener una protección hacia ellos mismos y terceras personas.

Claro está que esto podría cambiar en un futuro no muy lejano, ya que la legislación de estos vehículos se encuentra en constante revisión.

Por eso si piensas utilizar tu patinete de manera personal solo para ti o incluso si piensas prestarlo, asegurar este medio de transporte sería una excelente opción.

Eso sí, es bueno resaltar que nadie te estaría obligando a que asegures tu patinete, a excepción de las comunidades donde si es obligatorio. Sin embargo, si en algún momento llegaras a tener un accidente cuando te encuentres conduciendo en el patinete eléctrico todos los daños que llegaras a ocasionar tendrán que salir de tu bolsillo.

La DGT  decidió lanzar el 4 de diciembre del año 2019 lo que se conoce como una instrucción que se aplica de manera transitoria. Así se regularon todos los patinetes que estaban en uso en ese momento, después fue sustituida por otra instrucción en el año 2020.

Pero ojo! Si tienes pensado utilizar tu patinete eléctrico para alquilarlo o para algún fin económico donde te beneficies tendrás que asegurar este vehículo de transporte.

Para eso podrás contratar algún tipo de seguro de responsabilidad civil en el cual asegure tu patinete. Otra opción es que preguntaras en la aseguradora de tu hogar si dentro de esta póliza te aseguran tu patinete en caso de que sufrieras algún tipo de accidente.

Legislación Actual

normativa patinete eléctrico

Aunque es de lógica que la zona prioritaria para circular con tu patinete eléctrico se trata del carril-bici, es bueno resaltar que todo conductor de patinete debe saber que los peatones tendrán prioridad.

Aunque los peatones también tienen sus normas, y para cruzar uno de estos carriles deben hacer uso del paso de cebra o usar los cruces regulados por semáforos, donde la prioridad la dicta su señal.

Los patinetes eléctricos podrán circular en las vías urbanas y su velocidad deberá de ser inferior a 30 km/h.

También podrán circular en las calles peatonales pero más específicamente en lo que se conoce  como calzadas de forma legal.

Sin embargo, actualmente no existe una norma específica a nivel estatal que nos pudiese definir de forma homogénea donde podríamos circular con nuestro vehículo eléctrico. Te recomendamos que consultes la legislación de tu ciudad.

Actualmente el Gobierno se encuentra preparando un Real Decreto sobre el uso de los Vehículos de Movilidad Personal o también conocido por sus siglas (VMP), es decir, todos los vehículos uni-personales, con 1 o más ruedas y propulsados por motor eléctrico.

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