La nueva normativa del patinete eléctrico de Cádiz entró en vigor en Enero del pasado 2021. Como bien sabemos, existe una gran variedad de vehículos de movilidad personal, pero los más usados actualmente son los patinetes eléctricos, seguidos por las bicicletas. Hoy hablaremos de la normativa referente a este medio de transporte en la ciudad gaditana.
El paquete de medidas que podemos encontrar dentro de esta nueva normativa es bastante amplio. En el se regula el tránsito de estos vehículos de movilidad personal, intentando que la circulación de la ciudad sea lo más fluida posible.
Cabe destacar, que en un principio,en esta localidad no existía como tal una normativa específica de la ciudad, si no que «acogieron» la normativa ya existente impuesta por la DGT (Dirección General de Tráfico). Sin embargo, en Junio de 2020, fue lanzada una Ordenanza de Circulación Municipal donde se recogían normas más especificas.
¿Qué vas a encontrar en esta guía?
Normas específicas para los patinetes eléctricos
Los patinetes eléctricos han llegado para quedarse, teniendo un incremento claro en sus usuarios desde su aparición. Debido al uso de este y otros tipos de vehículos de movilidad personal, la circulación en la ciudad se ha complicado significativamente. No son pocos los accidentes ocurridos en los que este transporte está implicado, lo que ha llegado a crear alarma en la ciudadanía. Muchos vecinos se quejan de la velocidad con la que circulan estos vehículos, y los peligros que ello implica.
La ordenanza municipal tiene como punto fundamental la búsqueda de una buena convivencia entre los vehículos de movilidad personal, los peatones y los transportes tradicionales.
La norma principal en la nueva ordenanza es la prohibición explicita sobre la circulación de patinetes eléctricos y similares por aceras, plazas o vías peatonales. Haciendo mención a que estos MVP deben circular por los carriles-bici. Aquí donde su velocidad máxima permitida será de 10Km/h en carriles no segregados y 20Km/h en segregados.
También podrán circular por la calzada, con una velocidad máxima establecida de 40Km/h para bicicletas y de 20Km/h para los patinetes y vehículos análogos.
Esta normativa también hace mención a viandantes y peatones. Se prohibe su circulación por carriles bici y instándoles al uso principal de aceras y vías destinadas a su uso. Existe una excepción referente a persona de movilidad reducida, que utilicen por ejemplo scooter eléctricos, quienes podrán circular tanto por acerca como por carril-bici.
El uso del casco es obligatorio en menores de 18 años, mientras que para adultos solo está recomendado. Por nuestra parte siempre recomendamos este elemento de seguridad, ya que toda protección es poca. En traslados nocturnos deben usarse tanto elementos reflectantes como luces indicativas.
La edad mínima de uso para vehículos de movilidad personal es de 15 años. En el caso de que el conductor del vehículo sea menor de 15 deberá ir en todo momento acompañado por padres o tutores. Asimismo, deberá igualmente respetar el código de circulación estipulado.
Tampoco se puede circular haciendo uso de elementos que puedan suponer una distracción. Estando totalmente prohibido el uso del móvil, auriculares o elementos añadidos al vehículo y no homologados como sillines.
El estacionamiento está igualmente regulado, pudiendo efectuarlo en aparcabicis, espacios destinados a ello y en zonas no prohibidas explícitamente.
¿Necesitas documentación?
En el caso de la nueva normativa del patinete eléctrico de Cádiz es necesaria una serie de documentación específica.
Como en muchas otras ciudades, los VMP o vehículos de movilidad personal deben tener un certificado de circulación.
En este certificado de circulación vendrán especificadas todas las características técnicas del vehículo. Esto facilitará la identificación del mismo en el caso de accidentes, sanciones etc. En un primer momento la posesión de este certificado no era indispensable, aunque sí recomendable. Pasó a ser obligatoria dos años después de la publicación de la ordenanza.
En el caso de seguros para el vehículo su tenencia no es obligatoria tampoco, aunque sí recomendable.
Multas y sanciones
El consistorio gaditano inició estas medias para intentar paliar el caos circulatorio de la ciudad. A su vez, se pretende que Cádiz sea una ciudad cada vez más sostenible, reduciendo sus emisiones al promover el uso de vehículos eléctricos.
Cuando se lanzó la nueva normativa del patinete eléctrico, el ayuntamiento de la ciudad puso en marcha una campaña informativa. En ella explicaban de manera clara y concisa todas las nuevas normas de circulación contempladas en la nueva ordenanza.
Con la puesta en marcha de esta nueva ordenanza llegaron también las multas y sanciones. Por ejemplo, la sanción por la circulación en carriles prohibidos es de 200 euros.
Las sanciones que impondrán por el mal uso de los vehículos de movilidad personal pueden llegar a más de 600 euros. La policía local de Cádiz lleva desde el 2 de Enero de 2021 regulando, y sancionando a usuarios de este tipo de transporte urbano. Este cuerpo policial está autorizado a realizar inmovilización o retiradas del vehículo si así lo estiman oportuno. Además también pueden realizar controles de alcoholemia o drogas al igual que con los vehículos de combustible.
A día de hoy son más de 400 las multas interpuestas por uso inadecuado (transporte de dos personas, menores mal equipados, conducción temeraria, circulación en sentido contrario y un largo etcétera).
En resumen…
Con esta nueva normativa el ayuntamiento de Cádiz pretende fomentar el uso de vehículos 0 emisiones y regular el tráfico rodado de la ciudad. A continuación resumimos los puntos más importantes de esta normativa del patinete eléctrico de Cádiz.
- Uso del casco obligatorio para menores de 18 años.
- Circulación por calzadas y carril-bici.
- Prohibido circular en aceras.
- Prohibido circular bajo la influencia del alcohol y las drogas
- Prohibido el uso del teléfono móvil
- Prohibido el uso de auriculares o similares.
- No estacionar en zonas no estipuladas para ello.
- Seguro no obligatorio
- Ficha técnica obligatoria
- Límite de velocidad entre 10 y 50 Km/h dependiendo de la vía.
- Uso unipersonal, no podrán viajar 2 o más personas.
- Edad mínima de uso 15 años, si no deberá estar acompañado por un tutor legal.
- Obligatorios elementos de iluminación por la noche.
No te olvides de cumplir todos estos puntos si no quieres ser amonestado, y recuerda, seguridad ante todo!